JUEZA DICTA COMPARECENCIA RESTRICTIVA A TRES PERSONAS POR PRESUNTAMENTE ACAPARAR OXÍGENO

No se presentron elementos de convicción que justifiquen mandato de prisión preventiva

La titular del 2do. Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte de Justicia de Arequipa, Fiorela Pastor Arenas, dispuso comparecencia con restricciones para los tres investigados por presuntamente, haber cometido los delitos acaparamiento, alternativamente especulación y falsificación de documentos para lograr llenar balones de oxígeno y revenderlos.La magistrada, rechazó el requerimiento de prisión preventiva presentado por el Ministerio Público por 9 meses en contra de Leonardo Quispe Ccapa, Luis Junior Paco Luque y José Luis Valdivia Inca, detenidos el últimos viernes 19 de febrero por las inmediaciones de la planta de oxígeno de Praxair, en posesión de 21 balones de oxígeno medicinal.La magistrada sostuvo que con relación al delito de acaparamiento, no se han presentado elementos de convicion en grado de sospecha grave que denoten que el accionar de los investigados haya generado escasez de este bien elemental y altamente requerido en tiempos de pandemia; por cuanto de los 21 balones que poseían, sólo 5 se encontraron llenos.En cuanto al delito alternativo de especulación, no se estableció, con ningun medio, la conducta ilícita, supestamente cometida por los investigados que haya influido en la varación del precio del balón de oxigeno; no se logró demostrar que alguno de los investigado sea productor, fabricante, proveedor o comerciante.Respecto al delito de falsificación de documento, no se presentaron pericias, declaraciones de personal del puesto de salud de donde supuestamente se emitió la receta médica que habría sido falsificada y con la cual se llenaban los balones de oxígeno; por lo cual, la jueza, no consideró declarar procedente la prisión preventiva.La jueza determinó en su análisis, que sí existe peligro procesal por cuanto los arraigos de los investigados no son de calidad; no obstante de acuerdo a las normas, para declarar fundado un requerimiento de prisión preventiva, deben concurrir todos los presupuestos juntos.Por tanto, la decisión de la jueza fue disponer mandato de comparecencia con restricciones para los 3 detenidos; quienes deberán concurrir el primer día de cada mes a justificar sus activiades y asistir a todas las diligencias que programe el Ministerio Público o el Poder Judicial en el curso de las investigaciones que están iniciándose.Arequipa, 22 de febrero de 2021Oficina de Imagen Institucional y PrensaCorte Superior de Justicia de Arequipa

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