La demanda de Habeas Corpus, fue presentada el 05 de agosto ante el 4to. Juzgado Unipersonal de la sede central de la Corte de Arequipa que despacha el juez, Orestes Ramos Olanda, quien declaró improcedente la presente demanda por considerar que los hechos y el petitorio no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido como es el derecho a la libertad de una persona o sus derechos conexos.
La Sala Mixta de Emergencia de la Corte de Arequipa, integrada por los jueces superiores, Sandra Lazo de la Vega Velarde, Edwin Flores Cáceres y Nicolas Iscarra Pongo, revisarán la apelación presentada por el demandante en contra de la resolución de primera instancia, en audiencia programada para las 12:30 horas y emitirán pronunciamiento en el plazo que establece la ley.
Es necesario mencionar que la demanda de Habeas Corpus, pretende igualmente que el Estado y los funcionarios competentes, realicen, periódicamente y con participación de especialistas promotores de la sustancia, los estudios clínicos de la sustancia en pacientes que voluntariamente demanden su uso y comprueben científicamente su eficacia en el tratamiento del CORONAVIRUS o en todo caso el grado de toxicidad; además busca el cese de la persecución administrativa y /o penal de amedrentamiento o acoso por parte de funcionarios estatales a los profesionales de la salud que utilizan esta sustancia; en tanto se realicen las pruebas de laboratorio pertinentes.
Arequipa, 23 de agosto de 2020
Oficina de Imagen Institucional y Prensa
Corte Superior de Justicia de Arequipa