EN SENTENCIA AMPLIATORIA JUEZ EXHORTA A FUNCIONARIOS TOMAR PREVISIONES PARA EVITAR CONTAGIOS DEL COVID 19

Juzgado Civil otorga 5 días de plazo a Presidente Regional y autoridades de Salud para que informen situación de hospitales Honorio Delgado y Goyeneche

El juez Civil del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, Luis Madariaga Condori, emitió una sentencia ampliatoria, para exhortar de manera reiterada a los codemandados Gobernador Regional de Arequipa, Ministra de Salud y a los representantes del Comando de Operaciones COVID 19 para que cumplan estrictamente sus funciones, en los términos precisados en la sentencia Nro. 38-2020-CI-Amparo con la finalidad de prevenir el incremento de contagios del COVID 19, ante el inminente ingreso a la 2da. ola, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidades civil, penal y administrativa en caso de omisión.
El magistrado, ordena a Elmer Cáceres Llica, Pilar Mazzetti Soler y al Dr. Percy Miranda Paz, cumplan con informar, documentalmente, dentro del plazo de 5 días hábiles, si han levantado las observaciones, respecto a la falta de ventiladores mecánicos para atender a pacientes COVID 19 y si el personal médico, asistencial y administrativo de los nosocomios de la ciudad, cuentan con equipos de protección personal: asimismo deberán precisar cuál es la situación actual de los hospitales Honorio Delgado Espinoza y Goyeneche, bajo apercibimiento de aplicarse una multa de 4 Unidades de Referencia Procesal en caso de incumplimiento
Igualmente, ordena a la Ministra de Salud, Pilar Mazzetti, cumpla con proporcionar, en el plazo de 5 días hábiles y bajo apercibimiento de ser multada, información documentada de las gestiones que ha realizado el Gobierno central para la adquisición de vacunas efectivas contra el COVID 19 y la distribución de las mismas, incluyendo la región Arequipa.
Ordena a la Contraloría General de la República, cumpla con emitir informe documentado, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se han levantado las observaciones señaladas en la sentencia y cuál es la situación actual de los hospitales Goyeneche y Honorio Delgado Espinoza; así como la situación actual del coliseo “Sombrero de Majes”,
Asimismo exhorta a la población en general a cumplir estrictamente las medidas de seguridad y protocolos de protección, evitando comportamientos negligentes y renuentes a cumplir medidas de seguridad para evitar el contagio de esta enfermedad.
Es preciso señalar que la sentencia ampliatoria en la Acción de Amparo se ampara en el Art. 59 del Código Procesal Constitucional en el párrafo cuarto, establece que cuando el obligado a cumplir una sentencia es funcionario público, el juez puede expedir una sentencia ampliatoria que sustituya la omisión del funcionario y regule la situación injusta.
En este sentido, los funcionarios emplazados, deberán remitir los informes requeridos, en los plazos precisados; no obstante a la apelación de la sentencia presentada; por cuanto la naturaleza del proceso de amparo y la urgencia de las medidas dispuestas, deben ejecutarse de manera inmediata, conforme al Art. 22 del Código Procesal Constitucional.
Arequipa, 07 de enero de 2021
Oficina de Imagen Institucional y Prensa
Corte Superior de Justicia de Arequipa

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