CORTE DE AREQUIPA DISPONE TRATO PREFERENTE A ADULTOS MAYORES

Comisión de Acceso a la Justicia, realiza evento para sensibilizar a servidores judiciales

La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a través de la R.A. 0311-2021-P-CSJAR-PJ, dispuso, expresamente, un tratamiento preferencial a las personas adultas mayores y personas con discapacidad en la tramitación, resolución y ejecución de las decisiones en procesos judiciales y procedimientos administrativos.Esta disposición, establece que se cumpla con garantizar la debida diligencia y el tratamiento preferencial a este grupo vulnerable en casos en los cuales participen en calidad de demandantes, denunciantes, agraviados, actores civiles y solicitantes, respectivamente.Asimismo, la Presidencia de la Corte de Justicia de Arequipa, dispone que los procedimientos administrativos iniciados por este grupo vulnerable, a partir de la fecha, deban resolverse y/o ejecutarse estrictamente, dentro de los plazos de leyEn tanto en el ámbito jurisdiccional, se dispone la obligatoriedad, bajo responsabilidad funcional del cumplimiento del sistema de alerta judicial para adultos mayores y personas con discapacidad y la ejecución de la buena práctica de carátulas rojas en los expedientes judiciales de estos grupos vulnerables. Evento de sensibilizaciónLa Comisión Distrital de Acceso a la Justicia para Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en Tú Comunidad de la Corte de Arequipa, a propósito de esta disposición, realizó un evento de sensibilización dirigido a magistrados y personal jurisdiccional y administrativo para que brinden un trato preferente y oportuno a estos grupos vulnerables. En este sentido, el presidente de la Comisión Distrital de Acceso a la Justicia, Dr. César de la Cuba Chirinos, compartió importantes reflexiones sobre la importancia de atender preferentemente a los adultos mayores y personas con discapacidad; subrayando la normatividad vigente sobre el particular y concluyendo que la función de un servidor judicial, está en marcada no sólo en el cumplimiento del trabajo encomendado y por el cual se percibe una remuneración; sino fundamentalmente, en que debe estar motivada por el respeto a los derechos de los demás, concebir los problemas y tratar de participar y colaborar en la solución de los mismos, asegurando de esta manera un verdadero acceso a la justicia.El evento virtual, continuó con la exposición de la parte técnica del aplicativo de alerta judicial que se puede observar en el Sistema Integrado Judicial y que advierte el requerimiento de un adulto mayor o persona con discapacidad, el mismo que fue explicado por el Coordinador de la Central de Distribución General, Jorge Vargas Llerena.Finalmente, los alcances puntuales de la R.A. 0311-2021-CSJAR-PJ, fueron explicados por la también integrante de este importante grupo de trabajo, Melisa Valdivia.Arequipa, 19 de abril de 2021Oficina de Imagen Institucional y PrensaCorte Superior de Justicia de Arequipa

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